Asociación Afectados en Altea, Alicante/Alacant
Se han detectado contratos financieros susceptibles de anulación. A menudo, los bancos han ofrecido contratos con condiciones poco claras sin informar debidamente al cliente.
Esto ha dado lugar a que algunos productos financieros puedan anularse, lo que permite recuperar el dinero o cancelar obligaciones. Si sospechas que firmaste un contrato en condiciones poco claras, es posible que tengas derecho a reclamar.
¿Estás en Altea?
Llámanos al 963145160 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Te puede interesar:Afectados Por La Multipropiedad en Altea Pueden dejar sin efecto el crédito vinculado a la adquisición de una multipropiedad
Para anular el crédito, primero hay que invalidar la multipropiedad en primer lugar. El crédito depende legalmente del contrato de multipropiedad, de modo que no puede cancelarse de forma independiente.
Una vez anulado el contrato de multipropiedad, puedes pedir que se cancele el préstamo, porque existe una vinculación legal entre ambos. Así podrás exigir el dinero abonado, por ambos contratos.
Muchos contratos de multipropiedad son susceptibles de nulidad.
La legislación vigente no reconoce los acuerdos firmados con empresas de multipropiedad que se firmaron a partir del 5 de enero de 1999 y que no tienen límite de tiempo, algo prohibido por la legislación.
Te puede interesar:A esto se suma que, en muchos casos, estos contratos estaban ligados a créditos preaprobados, concedidos por entidades bancarias que colaboraban con las empresas que vendían la multipropiedad. No se informaba correctamente al firmar el crédito, lo que permite reclamar la nulidad del crédito también.
En España, un gran número de contratos de aprovechamiento por turno suscritos con posterioridad a la entrada en vigor de la normativa 42/1998, de 15 de diciembre, (que entró en vigor el 05/01/1999), pueden ser objeto de nulidad por los tribunales.
Dos de las causas de invalidación más relevantes, y que encajan con lo que mencionas, son:
Te puede interesar:- Contratos a perpetuidad: La legislación de 1998 vetó de forma explícita la creación de estos derechos de forma indefinida. Estableció que la duración del régimen de aprovechamiento por turno debe ser acotada, con un mínimo de 3 años y un límite de 50 años. En consecuencia, cualquier contrato celebrado a partir del 5 de enero de 1999 que establezca una duración superior a 50 años es susceptible de ser declarado nulo de pleno derecho.
- Falta de concreción del Objeto del Contrato: Junto con la duración, la ley requiere que el contrato describa de forma concreta y exacta el objeto: el edificio, el inmueble particular y el periodo concreto que se compra. Muchos contratos, sobre todo los basados en sistemas de puntos o semanas flotantes sin una definición concreta y determinada ab initio, también pueden anularse por indeterminación del objeto.
La Vinculación de las Entidades Financieras y los Préstamos Vinculados:
Un aspecto crucial, como bien indicas, es la financiación ligada a la compra de estas unidades de tiempo compartido. Era una práctica muy común que las promotoras pactaran con entidades financieras. Estas entidades ofrecían créditos “preaprobados” o simplificaban mucho la financiación a los compradores, a menudo en el mismo momento de la firma del acuerdo de multipropiedad.
En este punto interviene el concepto de “acuerdos vinculados”. Según la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un contrato de adquisición de un bien o servicio (en este caso, la multipropiedad) y un acuerdo de crédito (el préstamo) se hallan conectados (es decir, el préstamo se destina exclusivamente para financiar esa compra y existe un acuerdo previo entre el comercializador y el banco), la invalidación del contrato de compraventa puede conllevar la invalidación del contrato de préstamo.
Efectos de la Declaración de Nulidad:
Si un juzgado declara nulo el contrato de multipropiedad suscrito después del 5 de enero de 1999 por ser de duración indefinida (o por otras causas como la indefinición del objeto):
Te puede interesar:- El comprador queda liberado de sus pagos pendientes (pagos de cuotas de mantenimiento, etc.).
- Le corresponde la reembolso de las cantidades abonadas por la compra de la multipropiedad, a menudo con intereses legales desde la fecha de los pagos.
- Si el préstamo asociado se considera vinculado y también se anula o ineficaz, el consumidor podría tener derecho a recuperar las cantidades pagadas al banco por ese crédito (si bien pueden existir correcciones en función de las circunstancias específicas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, debería exigir al vendedor de la multipropiedad.
En definitiva: Los acuerdos de tiempo compartido firmados desde el 5 de enero de 1999 que establezcan una duración indefinida son inválidos desde su origen según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo español. Si además la compra se financió mediante un crédito facilitado por un pacto entre la comercializadora y una entidad financiera, la nulidad del acuerdo de compra puede afectar al contrato de préstamo vinculado, permitiendo al comprador obtener la devolución de una parte sustancial o todo del dinero invertido.
Es muy importante que las personas afectadas por este tipo de acuerdos busquen ayuda jurídica experta para evaluar su caso concreto y estudiar las vías de reclamación.
Desde la Asociación Afeban ayudamos a los afectados a recuperar su dinero.
Si firmaste un contrato así, únete a la asociación, y lo estudiaremos en detalle.
Te puede interesar:¿Has tenido una tarjeta revolving? Puedes recuperar los intereses abusivos.
Este tipo de tarjetas generan intereses desproporcionados y provocan que la deuda se alargue durante años. En muchos casos, los bancos no explicaron bien el funcionamiento, lo que ha llevado a una avalancha de reclamaciones. Si tú también te has visto atrapado, es hora de tomar medidas y recuperar tu dinero.
Junto a ciertos contratos de multipropiedad, otro producto bancario que ha estado en el centro de numerosas reclamaciones judiciales en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se distinguen por ofrecer una línea de crédito que se recarga automáticamente conforme se va devolviendo, permitiendo al titular aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales flexibles. Sin embargo, su complejo funcionamiento y, principalmente, los elevados intereses que suelen aplicar, las han convertido en una trampa financiera para muchos consumidores en Altea y toda España.
Las tarjetas revolving pueden ser anuladas o sus condiciones alteradas por los tribunales españoles principalmente por dos motivos:
Te puede interesar:- Usura (Cobro de Intereses Usurarios):
- Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (conocida como Ley Azcárate), aunque antigua, continúa en vigor. Esta ley considera inválido todo contrato de préstamo (lo cual incluye las tarjetas revolving) en el que se pacte un interés “sensiblemente más alto al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
- Cómo se determina si es “sensiblemente más alto”? El Tribunal Supremo ha clarificado este concepto. En una sentencia clave del 15 de febrero de 2023, estableció un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se considera que el interés es usurario y, por tanto, el acuerdo es nulo. A modo de ejemplo, si el tipo medio se situaba en el 20%, una TAE por encima del 26% se consideraría usuraria.
- Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el acuerdo se considera nulo por usurario, el cliente solo debe devolver el capital principal que efectivamente ha dispuesto (el dinero prestado). La entidad bancaria debe devolver al cliente todo lo que haya pagado que exceda ese capital principal, incluyendo intereses, comisiones y otros gastos asociados al contrato. Frecuentemente, esto implica que es el banco quien termina debiendo dinero al cliente.
- Falta de Transparencia:
- Base Legal: La normativa de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) exige que las cláusulas de los contratos, en particular las que establecen el objeto principal como los intereses, sean transparentes, claras y sencillas para un consumidor medio.
- En qué casos falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no informó adecuadamente al cliente de Altea antes de firmar el contrato sobre:
- La carga económica real del producto (la TAE y cómo se calcula).
- El mecanismo del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (anatocismo).
- El riesgo de que una cuota mensual reducida pueda alargar indefinidamente la deuda, convirtiéndola en inacabable.
- La información contractual debe ser legible (tipografía adecuado) y comprensible.
- Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “examen de transparencia”, puede ser declarada nula. Si bien los efectos precisos pueden diferir, frecuentemente el resultado práctico es parecido al de la usura: la supresión de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y recuperando los intereses ya pagados.
¿Qué hacer si tienes una tarjeta revolving en Altea?
Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, particularmente si vives en Altea o si sientes que la deuda nunca disminuye a pesar de pagar las cuotas, es aconsejable:
- Revisar el contrato: Busca la TAE aplicada.
- Consultar los tipos medios: Verifica los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
- Reunir documentación: Conserva el contrato y los extractos mensuales.
- Buscar ayuda jurídica experta: Un letrado especialista en derecho bancario en Altea puede analizar tu caso particular, determinar si existen motivos para la reclamación (usura o falta de transparencia) y orientarte en el proceso para reclamar lo pagado de más.
¿Estás en Altea?
Llámanos al 963145160 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaLas reclamaciones por tarjetas revolving son frecuentes en los juzgados en Altea y toda España, y las sentencias favorables a los consumidores son numerosas cuando se dan las circunstancias de usura o falta de transparencia.
Te puede interesar:La Asociación Afeban acompañamos a los consumidores a recuperar su dinero.
Inscríbete sin compromiso y analizaremos tu situación sin coste inicial.
¿Tienes una hipoteca con IRPH? Tienes derecho a reclamar lo que te cobraron de más.
El IRPH es un índice empleado como alternativa al Euríbor, y que ha resultado perjudicial para los consumidores.
Numerosas sentencias están cuestionando su transparencia, y esto puede abrir la puerta a devoluciones significativas, por falta de información clara en el momento de la contratación.
Te puede interesar:Tu solución legal en Altea
Llámanos al 963145160 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaEl IRPH en las Hipotecas en Altea: La Lucha por la Transparencia y la Devolución de Intereses
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se empleó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable en Altea y toda España. Hubo distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras dejaron de existir, quedando vigente únicamente el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. A pesar de ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de mucha controversia judicial entre vecinos de Altea.
La principal base de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su contratación.
Te puede interesar:- Falta de Transparencia (El Corazón de la Reclamación):
- Base Legal: La reclamación se basa en la normativa de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se argumenta que las bancos no proporcionaron información adecuada y comprensible al cliente en Altea antes de la firma de la hipoteca para que pudiera comprender la verdadera carga económica y jurídica de incluir este índice.
- ¿Qué datos se omitieron? Las reclamaciones habitualmente apuntan a que el banco no explicó adecuadamente:
- El método de cálculo del IRPH: Cómo se calculaba este índice, que incluía una media de tipos de interés, más comisiones y gastos, a diferencia del Euribor.
- Su comparación con el Euribor: No se informó de forma explícita de que el IRPH había sido históricamente más elevado que el Euribor y presentaba menor volatilidad a la baja.
- La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se no se informó sobre circulares del propio Banco de España que recomendaban aplicar un diferencial negativo al IRPH para aproximarlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
- Las consecuencias económicas: No se ofrecieron simulaciones o comparativas que permitieran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
- El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un fallo determinante del 3 de marzo de 2020 y posteriores pronunciamientos (por ejemplo las de julio de 2023), dejó claro que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue contratada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (de Altea o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
- Situación Actual en Tribunales Españoles en Altea: No obstante las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es uniforme. El Tribunal Supremo español, aunque reconoce la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que a veces complica la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (incluyendo potencialmente la relevante para Altea) dictan sentencias en sentidos distintos. Por tanto, el éxito de una reclamación en Altea depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del juzgado.
- Posible Abusividad (Consecuencia de la Falta de Transparencia):
- Si se prueba la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor de Altea. Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si crea dicho desequilibrio.
Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula en un caso de Altea:
- Si un tribunal determina que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (quizás también abusiva):
- La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
- ¿Qué se aplica en su lugar? Lo más habitual, y lo que persiguen la mayoría de los afectados en Altea, es que se reemplace por el Euribor (normalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Otras opciones menos frecuentes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
- La consecuencia económica más importante es que la banco debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y devolver al consumidor de Altea todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.
Quiénes son los afectados en Altea y Qué Hacer?
- Afecta a cualquier persona de Altea que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
- Recomendaciones:
- Revisar la escritura de la hipoteca: Confirmar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma cuando firmaste en Altea o donde correspondiese.
- Recopilar documentación: Reunir la escritura y cualquier otro documento informativo entregado por el banco.
- Buscar ayuda jurídica experta cerca de Altea: Es fundamental consultar con un abogado experto en derecho bancario. Puede valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (que afecta a estos casos), que cambia constantemente (fecha actual [current_date]).
El IRPH continúa siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados de Altea siguen persiguiendo en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses pagados indebidamente.
Puede llamar al 963145160
Desde Afeban ayudamos a los afectados por hipotecas con IRPH.
Regístrate sin compromiso, y estudiaremos tu caso con total transparencia.
Te puede interesar: