Asociación Afectados en Guarda (A), Pontevedra
Hay contratos financieros que pueden ser anulados legalmente. En muchas ocasiones, algunas entidades bancarias han ofrecido productos complejos o abusivos sin ofrecer toda la información necesaria.
Como consecuencia, determinados contratos bancarios puedan anularse, lo que permite recuperar el dinero o cancelar obligaciones. Si sospechas que firmaste un contrato en condiciones poco claras, puede que puedas anularlo.
¿Eres de Guarda (A)?
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Te puede interesar:Afectados Por La Multipropiedad en Guarda (A) Es posible anular la financiación vinculado a la adquisición de un derecho de aprovechamiento por turno
Para anular el crédito, es imprescindible anular la multipropiedad con anterioridad. El préstamo no puede separarse del contrato principal, por lo que no puede cancelarse de forma independiente.
Cuando se declara nulo el contrato de multipropiedad, es posible reclamar contra el préstamo, al tratarse de contratos relacionados. Esto permite reclamar los importes entregados, tanto por la multipropiedad como por el préstamo.
Gran parte de los contratos de aprovechamiento por turno se pueden considerar nulos legalmente.
La normativa actual considera nulos los acuerdos firmados con empresas de multipropiedad que se firmaron tras el 5 de enero de 1999 y que no tienen límite de tiempo, algo prohibido por la legislación.
Te puede interesar:Además, en muchos casos, se financiaban con préstamos ofrecidos directamente, concedidos por entidades bancarias que trabajaban en conjunto con las empresas de multipropiedad. No se informaba correctamente al firmar el crédito, haciendo posible anular también el préstamo vinculado.
En territorio español, un número significativo de pactos de multipropiedad celebrados a partir de la entrada en vigor de la normativa 42/1998, de 15 de diciembre, (la cual entró en vigor el 5 de enero de 1999), pueden invalidarse por los tribunales.
Dos de los motivos de anulación más relevantes, que se alinean con tu descripción, son:
Te puede interesar:- Acuerdos sin límite temporal: La legislación de 1998 vetó de forma explícita la estipulación de estos derechos con carácter perpetuo. Determinó que la duración del régimen de multipropiedad debe ser limitada, con un mínimo de 3 años y un límite de 50 años. Así pues, cualquier acuerdo celebrado a partir del 05/01/1999 que fije una duración superior a 50 años es inválido radicalmente.
- Falta de concreción del Objeto del Contrato: Junto con la duración, la ley demanda que el acuerdo describa de forma concreta y exacta el objeto: el edificio, el inmueble particular y el turno exacto que se compra. Muchos contratos, sobre todo los que utilizan sistemas de puntos o periodos variables sin una definición clara y fija desde el inicio, también pueden ser declarados nulos por imprecisión del objeto.
La Vinculación de las Entidades Financieras y los Financiamientos Vinculados:
Un punto clave, tal y como señalas, es la financiación ligada a la compra de estas multipropiedades. Era una práctica muy común que las empresas comercializadoras tuvieran acuerdos con bancos. Estas instituciones ofrecían préstamos preconcedidos o facilitaban enormemente la financiación a los compradores, frecuentemente en el mismo acto de la firma del acuerdo de tiempo compartido.
Aquí aplica el concepto de “acuerdos vinculados”. Conforme a la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un acuerdo de compra de un bien o servicio (en este caso, la multipropiedad) y un contrato de préstamo (el crédito) se hallan conectados (es decir, el crédito se destina exclusivamente para financiar esa compra y existe un convenio preexistente entre el vendedor y el banco), la nulidad del contrato de compraventa puede implicar igualmente la invalidación del acuerdo de financiación.
Efectos de la Declaración de Nulidad:
Si un tribunal declara nulo el contrato de tiempo compartido suscrito después del 05/01/1999 por ser a perpetuidad (o por otras causas como la indeterminación del objeto):
Te puede interesar:- El comprador se libera de sus pagos pendientes (abono de gastos de mantenimiento, etc.).
- Puede reclamar la restitución de las cantidades entregadas por la compra de la unidad de tiempo compartido, frecuentemente con intereses legales desde la fecha de los pagos.
- Si el crédito vinculado se estima vinculado y también se declara nulo o ineficaz, el consumidor podría reclamar recuperar las cantidades pagadas al banco por ese crédito (si bien pueden existir correcciones dependiendo de las circunstancias específicas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, tendría que reclamar al comercializador de la multipropiedad.
En definitiva: Los acuerdos de tiempo compartido suscritos a partir del 5 de enero de 1999 que fijen una duración perpetua son radicalmente nulos según la doctrina reiterada del Tribunal Supremo español. Si además la compra se costeó mediante un crédito facilitado por un pacto entre la comercializadora y una entidad financiera, la nulidad del acuerdo de compra puede extenderse al contrato de préstamo vinculado, posibilitando al comprador obtener la devolución de gran parte o la totalidad del dinero invertido.
Es fundamental que las personas perjudicadas por este tipo de acuerdos busquen asesoramiento legal especializado para examinar su caso particular y explorar las opciones legales.
La asociación Afeban asesoramos a quienes firmaron este tipo de contratos a recuperar su dinero.
Si firmaste un contrato así, regístrate sin compromiso, y veremos si puedes reclamar.
Te puede interesar:¿Te suena el término tarjeta revolving? Es posible reclamar los intereses que has pagado de más.
Las tarjetas con pago aplazado aplican intereses muy elevados y provocan que la deuda se alargue durante años. En muchos casos, los bancos no explicaron bien el funcionamiento, lo que ha llevado a numerosos juicios ganados por los afectados. Si tú también te has visto atrapado, tienes la posibilidad de reclamar tu dinero.
Junto a algunos acuerdos de multipropiedad, otro producto bancario que ha protagonizado numerosas reclamaciones judiciales en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se distinguen por ofrecer una línea de crédito que se renueva automáticamente conforme se va devolviendo, permitiendo al usuario aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales ajustables. Sin embargo, su complejo funcionamiento y, especialmente, los elevados intereses que suelen aplicar, las han convertido en un quebradero de cabeza para muchos vecinos de Guarda (A) y el resto del país.
Las tarjetas revolving pueden ser anuladas o sus condiciones alteradas por los tribunales de justicia principalmente por dos razones principales:
Te puede interesar:- Usura (Cobro de Intereses Usurarios):
- Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (también llamada Ley Azcárate), pese a su antigüedad, continúa en vigor. Esta ley considera inválido todo contrato de préstamo (y una tarjeta revolving lo es) en el que se estipule un interés “sensiblemente más alto al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
- Cómo se determina si es “sensiblemente más alto”? El Tribunal Supremo ha matizado este concepto. En una decisión trascendental del 15 de febrero de 2023, estableció un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se considera que el interés es usurario y, por tanto, el acuerdo es nulo. A modo de ejemplo, si el tipo medio era del 20%, una TAE superior al 26% se consideraría usuraria.
- Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el acuerdo se declara nulo por usurario, el prestatario solo debe devolver el capital principal que realmente utilizó (el dinero prestado). La entidad bancaria debe retornar al cliente todo lo que haya pagado que exceda ese capital principal, incluyendo intereses, comisiones y otros gastos asociados al contrato. A menudo, esto significa que es la entidad quien acaba adeudando dinero al cliente.
- Falta de Transparencia:
- Base Legal: La legislación de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) requiere que las cláusulas de los contratos, especialmente las que definen el objeto principal como los intereses, sean transparentes, claras y sencillas para un consumidor medio.
- En qué casos falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no informó adecuadamente al cliente de Guarda (A) antes de suscribir el contrato sobre:
- La verdadera carga financiera del producto (la TAE y su método de cálculo).
- El mecanismo del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (intereses sobre intereses).
- El riesgo de que una cuota mensual reducida pueda alargar indefinidamente la deuda, convirtiéndola en perpetua.
- La información contractual debe ser legible (tipografía adecuado) y inteligible.
- Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “control de transparencia”, puede ser declarada nula. Aunque las consecuencias exactas pueden variar, a menudo el resultado práctico es parecido al de la usura: la eliminación de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y recuperando los intereses ya pagados.
Pasos a seguir si tienes una tarjeta revolving en Guarda (A)?
Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, sobre todo si resides en Guarda (A) o si sientes que la deuda nunca disminuye a pesar de pagar las cuotas, es recomendable:
- Revisar el contrato: Busca la TAE aplicada.
- Consultar los tipos medios: Verifica los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
- Reunir documentación: Guarda el contrato y los liquidaciones.
- Buscar ayuda jurídica experta: Un letrado especialista en derecho bancario cerca de Guarda (A) podrá analizar tu caso particular, determinar si existen bases para la reclamación (usura o falta de transparencia) y guiarte en el proceso para recuperar tu dinero.
Ayudamos a personas como tú en Guarda (A)
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaLas reclamaciones por tarjetas revolving son frecuentes en los juzgados de Guarda (A) y el resto de España, y las sentencias favorables a los consumidores son frecuentes cuando se dan las circunstancias de usura o falta de transparencia.
Te puede interesar:Desde Afeban ayudamos a los afectados a recuperar su dinero.
Inscríbete sin compromiso y analizaremos tu situación sin compromiso.
¿Tienes una hipoteca con IRPH? Tienes derecho a reclamar lo que te cobraron de más.
Este índice bancario llamado IRPH empleado como alternativa al Euríbor, y que en muchos casos ha encarecido las hipotecas.
Cada vez más jueces lo consideran poco claro, y esto puede abrir la puerta a devoluciones significativas, al no explicarse correctamente sus consecuencias.
Te puede interesar:¿Vives en Guarda (A)?
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaEl IRPH en las Hipotecas de Guarda (A): La Batalla por la Transparencia y la Devolución de Intereses
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se empleó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable de Guarda (A) y el resto del país. Hubo distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras desaparecieron, quedando vigente solo el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. A pesar de ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de bastantes litigios para vecinos de Guarda (A).
La principal vía de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su comercialización.
Te puede interesar:- Falta de Transparencia (El Eje de la Reclamación):
- Base Legal: La reclamación se apoya en la legislación de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se argumenta que las bancos no proporcionaron información suficiente y clara al cliente en Guarda (A) antes de la firma de la hipoteca para que pudiese comprender la verdadera carga económica y jurídica de incluir este índice.
- ¿Qué información se echa en falta? Las reclamaciones suelen centrarse en que el banco no explicó adecuadamente:
- El método de cálculo del IRPH: Cómo se obtenía este índice, que incluía una media de tipos de interés, incluyendo comisiones y gastos, a diferencia del Euribor.
- Su comparación con el Euribor: No se informó de forma explícita de que el IRPH era por lo general más elevado que el Euribor y presentaba menor volatilidad a la baja.
- La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se no se informó sobre circulares del propio Banco de España que sugerían aplicar un diferencial negativo al IRPH para compararlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
- Las consecuencias económicas: No se presentaron simulaciones o comparativas que ayudaran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
- El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia crucial del 3 de marzo de 2020 y otras sentencias (por ejemplo las de julio de 2023), dictaminó que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue contratada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (en Guarda (A) o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
- Situación Actual en Tribunales Españoles y de Guarda (A): No obstante las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es homogénea. El Tribunal Supremo español, aunque reconoce la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que en ocasiones dificulta la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (como podría ser la de la zona de Guarda (A)) dictan sentencias en sentidos diferentes. En consecuencia, el éxito de una reclamación en Guarda (A) depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del juzgado.
- Posible Abusividad (Consecuencia de la Falta de Transparencia):
- Si se demuestra la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor en Guarda (A). Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si genera dicho desequilibrio.
Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula para un vecino de Guarda (A):
- Si un tribunal estima que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (y potencialmente abusiva):
- La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
- ¿Qué se aplica en su lugar? Lo más habitual, y lo que buscan la mayoría de los afectados en Guarda (A), es que se reemplace por el Euribor (generalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Alternativas menos comunes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
- La consecuencia económica más importante es que la banco debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y devolver al consumidor de Guarda (A) todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.
¿A Quién Afecta de Guarda (A) y Qué Hacer?
- Afecta a cualquier persona en Guarda (A) que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
- Pasos a seguir:
- Revisar la escritura de la hipoteca: Verificar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma en la notaría de Guarda (A) o donde correspondiese.
- Recopilar documentación: Reunir la escritura y cualquier otro documento informativo proporcionado por el banco.
- Buscar asesoramiento legal especializado cerca de Guarda (A): Es clave consultar con un letrado especialista en derecho bancario. Puede valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (tanto del TJUE como de los tribunales españoles), que sigue evolucionando (estamos a [current_date]).
El IRPH sigue siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados de Guarda (A) siguen persiguiendo en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses abonados de más.
Puede llamar al 982986053
En Afeban trabajamos para quienes firmaron hipotecas referenciadas al IRPH.
Déjanos tus datos, y estudiaremos tu caso con total transparencia.
Te puede interesar: