Asociación Afectados en Laudio/Llodio, Álava
Hay productos bancarios que pueden ser anulados legalmente. En muchas ocasiones, algunas entidades bancarias han ofrecido servicios financieros poco transparentes sin ofrecer toda la información necesaria.
Esto ha dado lugar a que algunos productos financieros puedan ser declarados nulos, permitiendo a los afectados recuperar las cantidades pagadas. Si tienes dudas sobre un producto contratado, es posible que tengas derecho a reclamar.
Tu solución legal en Laudio/Llodio
Llámanos al 943090617 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Te puede interesar:Afectados Por La Multipropiedad en Laudio/Llodio Tienen la opción de anular la financiación vinculado a la adquisición de una multipropiedad
Para anular el crédito, es necesario cancelar el contrato de multipropiedad con anterioridad. El crédito no puede separarse del contrato principal, por lo que debe anularse junto con la multipropiedad.
Cuando se declara nulo el contrato de multipropiedad, es posible reclamar contra el préstamo, al tratarse de contratos relacionados. Esto permite reclamar el dinero abonado, por la financiación y la propiedad.
Numerosos acuerdos de multipropiedad son susceptibles de nulidad.
La normativa actual declara inválidos los contratos de multipropiedad que se firmaron a partir del 5 de enero de 1999 y que no tienen límite de tiempo, lo cual es contrario a derecho.
Te puede interesar:A esto se suma que, en muchos casos, estos contratos estaban ligados a créditos preaprobados, aprobados por bancos que colaboraban con las empresas que vendían la multipropiedad. Esto significa que el banco aprobaba el préstamo sin evaluar al consumidor, haciendo posible anular también el préstamo vinculado.
En territorio español, un gran número de contratos de aprovechamiento por turno firmados tras la entrada en vigor de la legislación 42/1998, de 15 de diciembre, (que entró en vigor el 5 de enero de 1999), son susceptibles de anulación por los tribunales.
Dos de las razones de anulación más relevantes, y que encajan con lo que mencionas, son:
Te puede interesar:- Contratos sin límite temporal: La Ley 42/1998 vetó de forma explícita la estipulación de estos derechos con carácter perpetuo. Fijó que la duración del sistema de aprovechamiento por turno debe ser limitada, con un mínimo de 3 años y un límite de 50 años. Así pues, cualquier acuerdo celebrado a partir del 05/01/1999 que fije una duración ilimitada es inválido radicalmente.
- Indefinición del Objeto: Junto con la duración, la ley demanda que el contrato describa de forma clara y precisa el objeto: el edificio, el inmueble particular y el periodo concreto que se adquiere. Muchos contratos, sobre todo los que utilizan sistemas de puntos o periodos variables sin una definición concreta y determinada desde el inicio, también pueden ser declarados nulos por indeterminación del objeto.
La Implicación de las Entidades Financieras y los Financiamientos Vinculados:
Un elemento fundamental, tal y como señalas, es la financiación relacionada a la compra de estas multipropiedades. Era una práctica muy común que las promotoras mantuvieran convenios con entidades financieras. Estas entidades facilitaban créditos preconcedidos o simplificaban mucho la obtención del crédito a los compradores, frecuentemente en el mismo momento de la firma del contrato de multipropiedad.
Aquí entra en juego el concepto de “acuerdos vinculados”. De acuerdo con la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un acuerdo de compra de un bien o servicio (en este caso, la multipropiedad) y un acuerdo de financiación (el crédito) están relacionados (es decir, el crédito sirve exclusivamente para financiar esa compra y media un pacto anterior entre el comercializador y el prestamista), la nulidad del contrato de compraventa puede conllevar la invalidación del acuerdo de financiación.
Consecuencias de la Declaración de Nulidad:
Si un tribunal declara nulo el acuerdo de multipropiedad firmado después del 5 de enero de 1999 por ser a perpetuidad (o por otras causas como la indefinición del objeto):
Te puede interesar:- El comprador se libera de sus pagos pendientes (pagos de cuotas de mantenimiento, etc.).
- Tiene derecho a la reembolso de las cantidades abonadas por la compra de la multipropiedad, a menudo con intereses legales desde la fecha de los pagos.
- Si el crédito vinculado se estima vinculado y también se anula o ineficaz, el comprador podría conseguir recuperar las cantidades pagadas al banco por ese préstamo (si bien pueden existir correcciones en función de las circunstancias específicas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, tendría que reclamar al vendedor de la unidad de tiempo compartido.
En conclusión: Los contratos de tiempo compartido suscritos a partir del 5 de enero de 1999 que establezcan una duración perpetua son radicalmente nulos según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo español. Si adicionalmente la compra se financió mediante un crédito facilitado por un acuerdo entre la vendedora y una entidad bancaria, la nulidad del contrato principal puede extenderse al contrato de préstamo vinculado, posibilitando al comprador recuperar una parte sustancial o todo del dinero invertido.
Es muy importante que las personas afectadas por este tipo de acuerdos busquen ayuda jurídica experta para analizar su caso concreto y estudiar las opciones legales.
En Afeban trabajamos para los consumidores a ejercer sus derechos.
Si crees que puedes estar afectado, deja tus datos, y analizaremos tu caso.
Te puede interesar:¿Te suena el término tarjeta revolving? Es posible reclamar los intereses que has pagado de más.
Las tarjetas con pago aplazado generan intereses desproporcionados y te mantienen pagando sin fin. Muchos usuarios no fueron informados correctamente, lo que ha llevado a una avalancha de reclamaciones. Si estás en esta situación, es hora de tomar medidas y recuperar tu dinero.
Además de ciertos contratos de multipropiedad, otro producto financiero que ha generado múltiples demandas en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se caracterizan por ofrecer una línea de crédito que se recarga automáticamente a medida que se va devolviendo, permitiendo al titular aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales flexibles. Sin embargo, su complejo funcionamiento y, especialmente, los elevados intereses que generalmente conllevan, las han convertido en un quebradero de cabeza para muchos consumidores en Laudio/Llodio y el resto del país.
Las tarjetas revolving pueden ser anuladas o sus condiciones modificadas por los tribunales españoles principalmente por dos motivos:
Te puede interesar:- Usura (Aplicación de Intereses Usurarios):
- Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (conocida como Ley Azcárate), pese a su antigüedad, sigue plenamente vigente. Esta ley declara nulo todo contrato de préstamo (y una tarjeta revolving lo es) en el que se pacte un interés “sensiblemente más alto al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
- Cómo se determina si es “notablemente superior”? El Tribunal Supremo ha matizado este concepto. En un fallo fundamental del 15 de febrero de 2023, estableció un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se considera que el interés es usurario y, por tanto, el contrato es nulo. Por ejemplo, si el tipo medio era del 20%, una TAE por encima del 26% se consideraría usuraria.
- Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el contrato se declara nulo por usurario, el consumidor solo debe devolver el capital principal que efectivamente ha dispuesto (el dinero prestado). La banco debe devolver al cliente todo lo que haya pagado que exceda ese capital principal, comprendiendo intereses, comisiones y costes asociados al contrato. Frecuentemente, esto implica que es el banco quien acaba adeudando dinero al cliente.
- Falta de Transparencia:
- Base Legal: La normativa de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) requiere que las cláusulas de los contratos, en particular las que establecen el objeto principal como los intereses, sean claras, concretas y comprensibles para un consumidor medio.
- ¿Cuándo falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no explicó correctamente al cliente de Laudio/Llodio antes de suscribir el contrato sobre:
- La coste total del producto (la TAE y cómo se calcula).
- El funcionamiento del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (anatocismo).
- El riesgo de que una cuota mensual baja pueda alargar indefinidamente la deuda, convirtiéndola en perpetua.
- La información contractual debe ser legible (tipografía adecuado) y comprensible.
- Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “control de transparencia”, puede ser declarada nula. Aunque las consecuencias exactas pueden variar, frecuentemente el resultado práctico es parecido al de la usura: la eliminación de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y recuperando los intereses ya pagados.
Pasos a seguir si tienes una tarjeta revolving en Laudio/Llodio?
Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, sobre todo si resides en Laudio/Llodio o si sientes que la deuda nunca baja a pesar de pagar las cuotas, es recomendable:
- Revisar el contrato: Localiza la TAE aplicada.
- Consultar los tipos medios: Comprueba los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
- Reunir documentación: Guarda el contrato y los recibos.
- Buscar asesoramiento legal especializado: Un abogado experto en derecho bancario en Laudio/Llodio podrá analizar tu caso concreto, determinar si existen motivos para la reclamación (usura o falta de transparencia) y orientarte en el proceso para reclamar lo pagado de más.
Tu solución legal en Laudio/Llodio
Llámanos al 943090617 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaLas reclamaciones por tarjetas revolving son frecuentes en los juzgados en Laudio/Llodio y el resto de España, y las sentencias favorables a los consumidores son numerosas cuando se dan las circunstancias de usura o falta de transparencia.
Te puede interesar:En Afeban trabajamos por quienes han sufrido estos abusos a recuperar su dinero.
Inscríbete sin compromiso y veremos si puedes reclamar sin compromiso.
¿Tienes una hipoteca con IRPH? Es posible que recuperes una parte importante del dinero pagado.
El IRPH es un índice que ha sido utilizado en lugar del Euríbor, y que en muchos casos ha encarecido las hipotecas.
Cada vez más jueces lo consideran poco claro, y hay posibilidad de modificar o anular parte del contrato, porque no se informó debidamente al cliente.
Te puede interesar:Ayudamos a personas como tú en Laudio/Llodio
Llámanos al 943090617 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaEl IRPH en las Hipotecas en Laudio/Llodio: La Batalla por la Transparencia y la Devolución de Intereses
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se utilizó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable en Laudio/Llodio y toda España. Existieron distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras dejaron de existir, quedando vigente solo el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. Pese a ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de mucha controversia judicial para vecinos de Laudio/Llodio.
La principal vía de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su contratación.
Te puede interesar:- Falta de Transparencia (El Núcleo de la Reclamación):
- Base Legal: La reclamación se apoya en la legislación de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se alega que las bancos no facilitaron información adecuada y comprensible al cliente en Laudio/Llodio antes de la firma de la hipoteca para que pudiese comprender la verdadera carga económica y jurídica de aplicar este índice.
- ¿Qué explicaciones faltaron? Las reclamaciones habitualmente apuntan a que el banco no explicó adecuadamente:
- El método de cálculo del IRPH: Cómo se calculaba este índice, que incluía una media de tipos de interés, más comisiones y gastos, en contraste con el Euribor.
- Su comparación con el Euribor: No se informó de forma explícita de que el IRPH era por lo general más elevado que el Euribor y tenía menor volatilidad a la baja.
- La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se ocultó circulares del propio Banco de España que recomendaban aplicar un diferencial negativo al IRPH para compararlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
- Las consecuencias económicas: No se presentaron simulaciones o comparativas que permitieran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
- El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un fallo determinante del 3 de marzo de 2020 y posteriores pronunciamientos (como las de julio de 2023), dejó claro que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue comercializada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (en Laudio/Llodio o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
- Situación Actual en Tribunales Españoles y de Laudio/Llodio: No obstante las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es homogénea. El Tribunal Supremo español, aunque reconoce la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que en ocasiones dificulta la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (incluyendo potencialmente la relevante para Laudio/Llodio) dictan sentencias en sentidos diferentes. En consecuencia, el éxito de una reclamación ante los juzgados de Laudio/Llodio depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del tribunal.
- Posible Abusividad (Derivación de la Falta de Transparencia):
- Si se acredita la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor en Laudio/Llodio. Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si crea dicho desequilibrio.
Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula para un vecino de Laudio/Llodio:
- Si un tribunal considera que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (quizás también abusiva):
- La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
- ¿Qué la sustituye? Lo más habitual, y lo que persiguen la mayoría de los afectados en Laudio/Llodio, es que se reemplace por el Euribor (generalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Otras opciones menos comunes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
- La consecuencia económica más importante es que la entidad financiera debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y devolver al consumidor de Laudio/Llodio todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.
Quiénes son los afectados de Laudio/Llodio y Qué Hacer?
- Afecta a cualquier persona en Laudio/Llodio que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
- Recomendaciones:
- Revisar la escritura de la hipoteca: Verificar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma en la notaría de Laudio/Llodio o donde correspondiese.
- Recopilar documentación: Conservar la escritura y cualquier otro documento informativo entregado por el banco.
- Buscar asesoramiento legal especializado cerca de Laudio/Llodio: Es clave consultar con un abogado experto en derecho bancario. Podrá valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (tanto del TJUE como de los tribunales españoles), que cambia constantemente (fecha actual [current_date]).
El IRPH continúa siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados de Laudio/Llodio y de todo el país continúan buscando en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses pagados indebidamente.
Puede llamar al 943090617
Desde Afeban trabajamos para quienes firmaron hipotecas referenciadas al IRPH.
Apúntate gratuitamente, y te diremos si puedes reclamar con total transparencia.
Te puede interesar: