Reclamar Productos Bancarios Abusivos En San Bartolomé, Las Palmas

Asociación Afectados en San Bartolomé, Las Palmas

Hay productos bancarios que pueden ser anulados legalmente. A menudo, los bancos han ofrecido productos complejos o abusivos sin informar debidamente al cliente.

Esto ha dado lugar a que ciertos acuerdos con bancos puedan anularse, dando derecho a los clientes a reclamar lo abonado. Si tienes dudas sobre un producto contratado, quizás puedas ejercer tus derechos como consumidor.

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Afectados Por La Multipropiedad en San Bartolomé Pueden invalidar el crédito vinculado a la adquisición de una multipropiedad

Si quieres cancelar el préstamo, es necesario invalidar el contrato de multipropiedad antes. El préstamo depende legalmente del contrato de multipropiedad, por lo que no puede cancelarse de forma independiente.

Una vez anulado el contrato de multipropiedad, se puede solicitar la anulación del crédito, ya que ambos están legalmente vinculados. Así podrás exigir el dinero abonado, por ambos contratos.

Numerosos acuerdos de multipropiedad pueden ser anulados por ley.

La legislación vigente no reconoce los contratos de multipropiedad suscritos después de dicha fecha y que superan los 50 años de duración, lo cual es contrario a derecho.

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Además, en muchos casos, estos contratos estaban ligados a créditos preaprobados, concedidos por entidades bancarias que tenían acuerdos con las comercializadoras. No se informaba correctamente al firmar el crédito, haciendo posible anular también el préstamo vinculado.

En España, un gran número de contratos de aprovechamiento por turno firmados con posterioridad a la entrada en vigor de la normativa 42/1998, de 15 de diciembre, (la cual entró en vigor el 05/01/1999), pueden ser objeto de nulidad por los tribunales.

Dos de los motivos de anulación más importantes, que se alinean con tu descripción, son:

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  1. Acuerdos con carácter perpetuo: La mencionada ley prohibió expresamente la estipulación de estos derechos con carácter perpetuo. Fijó que la duración del sistema de multipropiedad debe ser limitada, con un mínimo de 3 años y un máximo de 50 años. De este modo, cualquier contrato suscrito a partir del 5 de enero de 1999 que contemple una duración superior a 50 años es inválido de pleno derecho.
  2. Indeterminación del Objeto del Contrato: Junto con la duración, la ley demanda que el contrato detalle de forma clara y precisa el objeto: el edificio, el inmueble particular y el periodo concreto que se adquiere. Muchos contratos, especialmente los que utilizan sistemas de puntos o semanas flotantes sin una asignación clara y fija desde el inicio, también pueden ser declarados nulos por imprecisión del objeto.

La Participación de las Entidades Financieras y los Préstamos Vinculados:

Un punto clave, como bien indicas, es la financiación ligada a la compra de estas multipropiedades. Era una costumbre habitual que las vendedoras pactaran con entidades de crédito. Estas entidades ofrecían préstamos “preaprobados” o simplificaban mucho la financiación a los compradores, a menudo en el mismo momento de la firma del contrato de tiempo compartido.

Aquí aplica el concepto de “contratos vinculados”. De acuerdo con la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un acuerdo de compra de un bien o servicio (en este caso, la unidad de aprovechamiento por turno) y un contrato de préstamo (el préstamo) se hallan conectados (o sea, el préstamo sirve exclusivamente para financiar esa compra y existe un acuerdo previo entre el comercializador y el prestamista), la ineficacia del contrato principal puede suponer también la invalidación del contrato de préstamo.

Resultados de la Declaración de Nulidad:

Si un tribunal anula el acuerdo de multipropiedad suscrito a partir del 05/01/1999 por ser a perpetuidad (o por otros motivos como la indeterminación del objeto):

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  • El titular se libera de sus pagos pendientes (abono de gastos de mantenimiento, etc.).
  • Puede reclamar la restitución de las cantidades entregadas por la compra de la unidad de tiempo compartido, frecuentemente con intereses legales desde la fecha de los pagos.
  • Si el financiamiento relacionado se estima vinculado y también se declara nulo o ineficaz, el comprador podría tener derecho a recuperar las cantidades pagadas al banco por ese crédito (si bien pueden existir correcciones en función de las circunstancias específicas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, debería exigir al comercializador de la multipropiedad.

En definitiva: Los contratos de tiempo compartido suscritos a partir del 05/01/1999 que establezcan una duración indefinida son radicalmente nulos según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo español. Si adicionalmente la compra se costeó mediante un préstamo ofrecido por un acuerdo entre la comercializadora y una entidad bancaria, la anulación del contrato principal puede extenderse al crédito asociado, posibilitando al consumidor obtener la devolución de gran parte o la totalidad del dinero invertido.

Es esencial que las personas afectadas por este tipo de contratos busquen consejo de abogados especialistas para analizar su caso particular y estudiar las posibilidades de demanda.

Desde la Asociación Afeban asesoramos a quienes firmaron este tipo de contratos a recuperar su dinero.

Si crees que puedes estar afectado, deja tus datos, y analizaremos tu caso.

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¿Contrataste una tarjeta de pago aplazado? Tienes derecho a recuperar lo que te cobraron indebidamente.

Este tipo de tarjetas imponen tipos de interés excesivos y te atrapan en una espiral de pagos interminables. En muchos casos, los bancos no explicaron bien el funcionamiento, lo que ha llevado a miles de demandas en los tribunales. Si tú también te has visto atrapado, es hora de tomar medidas y recuperar tu dinero.

Además de ciertos contratos de multipropiedad, otro producto financiero que ha generado múltiples demandas en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se distinguen por ofrecer una línea de crédito que se recarga automáticamente a medida que se va devolviendo, permitiendo al titular aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales ajustables. Sin embargo, su complejo funcionamiento y, sobre todo, los elevados intereses que generalmente conllevan, las han convertido en una trampa financiera para muchas personas de San Bartolomé y toda España.

Las tarjetas revolving pueden invalidarse o sus condiciones alteradas por los tribunales de justicia principalmente por dos razones principales:

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  1. Usura (Cobro de Intereses Usurarios):
    • Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (conocida como Ley Azcárate), aunque antigua, sigue plenamente vigente. Esta ley considera inválido todo contrato de préstamo (y una tarjeta revolving lo es) en el que se estipule un interés “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
    • ¿Qué se considera “sensiblemente más alto”? El Tribunal Supremo ha matizado este concepto. En una sentencia clave del 15 de febrero de 2023, fijó un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se entiende que el interés es usurario y, por tanto, el contrato es nulo. A modo de ejemplo, si el tipo medio era del 20%, una TAE por encima del 26% se consideraría usuraria.
    • Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el contrato se considera nulo por usurario, el consumidor solo debe devolver el capital principal que efectivamente ha dispuesto (el dinero prestado). La entidad bancaria debe retornar al cliente todo lo que haya pagado por encima de ese capital principal, comprendiendo intereses, comisiones y costes asociados al contrato. A menudo, esto significa que es la entidad quien termina debiendo dinero al cliente.
  2. Falta de Transparencia:
    • Base Legal: La legislación de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) exige que las cláusulas de los contratos, en particular las que definen el objeto principal como los intereses, sean claras, concretas y comprensibles para un consumidor medio.
    • En qué casos falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no informó adecuadamente al cliente en San Bartolomé antes de firmar el contrato sobre:
      • La carga económica real del producto (la TAE y cómo se calcula).
      • El funcionamiento del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (anatocismo).
      • El riesgo de que una cuota mensual baja pueda alargar indefinidamente la deuda, haciéndola perpetua.
      • La información contractual debe ser fácil de leer (tamaño de letra adecuado) y inteligible.
    • Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “control de transparencia”, puede ser declarada nula. Si bien los efectos precisos pueden diferir, a menudo el resultado práctico es similar al de la usura: la eliminación de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y recuperando los intereses ya pagados.

Pasos a seguir si tienes una tarjeta revolving en San Bartolomé?

Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, sobre todo si resides en San Bartolomé o si sientes que la deuda nunca disminuye a pesar de pagar las cuotas, es aconsejable:

  • Revisar el contrato: Localiza la TAE aplicada.
  • Consultar los tipos medios: Verifica los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
  • Reunir documentación: Conserva el contrato y los liquidaciones.
  • Buscar asesoramiento legal especializado: Un abogado experto en derecho bancario cerca de San Bartolomé podrá analizar tu caso concreto, determinar si existen bases para la reclamación (usura o falta de transparencia) y orientarte en el proceso para reclamar lo pagado de más.

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Las reclamaciones por tarjetas revolving son muy habituales en los juzgados de San Bartolomé y toda España, y las sentencias favorables a los consumidores son frecuentes cuando se dan las circunstancias de usura o falta de transparencia.

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En Afeban acompañamos a los consumidores a reclamar lo que es suyo.

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¿Tienes una hipoteca con IRPH? Podrías reclamar lo que has pagado de más.

Este índice bancario llamado IRPH aplicado por algunos bancos como sustitutivo del Euríbor, y que ha resultado perjudicial para los consumidores.

Los tribunales están revisando su legalidad, y hay posibilidad de modificar o anular parte del contrato, por falta de información clara en el momento de la contratación.

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El IRPH en las Hipotecas de San Bartolomé: La Lucha por la Transparencia y la Devolución de Intereses

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se utilizó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable en San Bartolomé y toda España. Hubo distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras desaparecieron, quedando vigente únicamente el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. Pese a ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de bastantes litigios entre vecinos de San Bartolomé.

La principal argumentación de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su contratación.

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  1. Falta de Transparencia (El Núcleo de la Reclamación):
    • Base Legal: La reclamación se basa en la normativa de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se argumenta que las entidades bancarias no proporcionaron información suficiente y clara al cliente en San Bartolomé antes de la firma de la hipoteca para que pudiese comprender la real dimensión económica y jurídica de aplicar este índice.
    • ¿Qué explicaciones faltaron? Las reclamaciones habitualmente apuntan a que el banco omitió explicar adecuadamente:
      • El método de cálculo del IRPH: Cómo se obtenía este índice, que incluía una media de tipos de interés, incluyendo comisiones y gastos, a diferencia del Euribor.
      • Su comparación con el Euribor: No se informó claramente de que el IRPH había sido históricamente más elevado que el Euribor y tenía menor volatilidad a la baja.
      • La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se ocultó circulares del propio Banco de España que sugerían aplicar un diferencial negativo al IRPH para equiparlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
      • Las consecuencias económicas: No se ofrecieron simulaciones o comparativas que ayudaran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
    • El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un fallo determinante del 3 de marzo de 2020 y posteriores pronunciamientos (como los de julio de 2023), estableció que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue contratada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (de San Bartolomé o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
    • Situación Actual en Tribunales Españoles en San Bartolomé: A pesar de las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es homogénea. El Tribunal Supremo español, aunque reconoce la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que en ocasiones dificulta la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (como podría ser la de la zona de San Bartolomé) dictan sentencias en sentidos diferentes. En consecuencia, el éxito de una reclamación en San Bartolomé depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del tribunal.
  2. Posible Abusividad (Consecuencia de la Falta de Transparencia):
    • Si se acredita la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor de San Bartolomé. Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si genera dicho desequilibrio.

Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula en un caso de San Bartolomé:

  • Si un tribunal considera que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (quizás también abusiva):
    • La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
    • ¿Qué se aplica en su lugar? Lo más común, y lo que persiguen la mayoría de los afectados en San Bartolomé, es que se reemplace por el Euribor (normalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Alternativas menos frecuentes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
    • La consecuencia económica más importante es que la entidad bancaria debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y devolver al consumidor en San Bartolomé todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.

¿A Quién Afecta de San Bartolomé y Qué Hacer?

  • Afecta a cualquier persona de San Bartolomé que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
  • Recomendaciones:
    1. Revisar la escritura de la hipoteca: Confirmar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma en la notaría de San Bartolomé o donde correspondiese.
    2. Recopilar documentación: Reunir la escritura y cualquier otro documento informativo entregado por el banco.
    3. Buscar ayuda jurídica experta en San Bartolomé: Es clave consultar con un abogado experto en derecho bancario. Podrá valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (tanto del TJUE como de los tribunales españoles), que cambia constantemente (fecha actual [current_date]).
      El IRPH sigue siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados en San Bartolomé siguen persiguiendo en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses abonados de más.

Puede llamar al 910053535

Desde Afeban defendemos a los hipotecados perjudicados por este índice.

Déjanos tus datos, y te diremos si puedes reclamar con total transparencia.

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