Asociación Afectados en Valdés, Asturias
Se han detectado productos bancarios que podrían declararse nulos. Con frecuencia, las entidades financieras han ofrecido servicios financieros poco transparentes sin informar debidamente al cliente.
Como consecuencia, algunos productos financieros sean susceptibles de reclamación, lo que permite recuperar el dinero o cancelar obligaciones. Si tienes dudas sobre un producto contratado, puede que puedas anularlo.
¿Eres de Valdés?
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Te puede interesar:Afectados Por La Multipropiedad en Valdés Pueden invalidar la financiación relacionado con la compra de un derecho de aprovechamiento por turno
Si quieres cancelar el préstamo, primero hay que invalidar el acuerdo principal con anterioridad. El crédito depende legalmente del contrato de multipropiedad, por lo que no puede cancelarse de forma independiente.
Una vez anulado el contrato de multipropiedad, se puede solicitar la anulación del crédito, ya que ambos están legalmente vinculados. Esto da derecho a recuperar los importes entregados, tanto por la multipropiedad como por el préstamo.
Gran parte de los contratos de aprovechamiento por turno se pueden considerar nulos legalmente.
La legislación vigente no reconoce los acuerdos firmados con empresas de multipropiedad que se firmaron tras el 5 de enero de 1999 y que superan los 50 años de duración, lo cual es contrario a derecho.
Te puede interesar:Además, en muchos casos, estos contratos estaban ligados a créditos preaprobados, emitidos por financieras que trabajaban en conjunto con las empresas de multipropiedad. El crédito se daba sin comprobar la solvencia del cliente, lo que refuerza la posibilidad de reclamar.
En España, muchos de contratos de tiempo compartido suscritos tras la entrada en vigor de la legislación 42/1998, de 15 de diciembre, (la cual entró en vigor el 05/01/1999), pueden ser declarados nulos por los tribunales.
Dos de las razones de nulidad más importantes, que se alinean con tu descripción, son:
Te puede interesar:- Contratos a perpetuidad: La legislación de 1998 prohibió expresamente la configuración de estos derechos con carácter perpetuo. Determinó que la duración del régimen de aprovechamiento por turno debe ser limitada, con un mínimo de 3 años y un máximo de 50 años. En consecuencia, cualquier contrato suscrito desde el 5 de enero de 1999 que contemple una duración indefinida es anulable radicalmente.
- Indefinición del Objeto: Además de la duración, la ley exige que el contrato detalle de forma concreta y exacta el objeto: el edificio, el inmueble particular y el periodo concreto que se adquiere. Numerosos acuerdos, especialmente los que utilizan sistemas de puntos o periodos variables sin una asignación concreta y determinada desde el inicio, también pueden anularse por imprecisión del objeto.
La Vinculación de las Entidades Financieras y los Préstamos Vinculados:
Un aspecto crucial, tal y como señalas, es la financiación ligada a la compra de estas multipropiedades. Era una costumbre habitual que las empresas comercializadoras tuvieran acuerdos con bancos. Estas entidades proporcionaban préstamos “preaprobados” o simplificaban mucho la obtención del crédito a los compradores, frecuentemente en el mismo momento de la suscripción del acuerdo de multipropiedad.
Aquí aplica el concepto de “acuerdos vinculados”. Conforme a la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un contrato de adquisición de un bien o servicio (en este caso, la unidad de aprovechamiento por turno) y un contrato de préstamo (el préstamo) están relacionados (es decir, el crédito se destina exclusivamente para financiar esa compra y media un pacto anterior entre el comercializador y el banco), la ineficacia del contrato principal puede conllevar la nulidad del contrato de préstamo.
Consecuencias de la Declaración de Nulidad:
Si un tribunal invalida el contrato de multipropiedad suscrito a partir del 05/01/1999 por ser a perpetuidad (o por otras causas como la indeterminación del objeto):
Te puede interesar:- El titular se libera de sus pagos pendientes (abono de gastos de mantenimiento, etc.).
- Tiene derecho a la devolución de las cantidades entregadas por la compra de la unidad de tiempo compartido, a menudo con intereses legales desde la fecha de los pagos.
- Si el crédito vinculado se estima vinculado y también se declara nulo o ineficaz, el consumidor podría conseguir obtener la devolución de las cantidades pagadas al banco por ese crédito (si bien pueden existir correcciones dependiendo de las circunstancias concretas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, tendría que reclamar al vendedor de la unidad de tiempo compartido.
En definitiva: Los contratos de multipropiedad suscritos a partir del 05/01/1999 que establezcan una duración indefinida son radicalmente nulos según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo español. Si además la compra se financió mediante un crédito facilitado por un pacto entre la vendedora y una entidad financiera, la anulación del acuerdo de compra puede extenderse al crédito asociado, permitiendo al consumidor obtener la devolución de una parte sustancial o todo del dinero invertido.
Es esencial que las personas afectadas por este tipo de acuerdos busquen consejo de abogados especialistas para evaluar su caso particular y explorar las vías de reclamación.
En Afeban asesoramos a quienes firmaron este tipo de contratos a reclamar lo que les corresponde.
Si crees que puedes estar afectado, deja tus datos, y lo estudiaremos en detalle.
Te puede interesar:¿Te suena el término tarjeta revolving? Es posible reclamar los intereses que has pagado de más.
Las tarjetas revolving generan intereses desproporcionados y provocan que la deuda se alargue durante años. En muchos casos, los bancos no explicaron bien el funcionamiento, lo que ha llevado a miles de demandas en los tribunales. Si reconoces este problema en tu caso, tienes la posibilidad de reclamar tu dinero.
Además de algunos acuerdos de multipropiedad, otro producto bancario que ha generado numerosas reclamaciones judiciales en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se caracterizan por ofrecer una línea de crédito que se recarga automáticamente conforme se va devolviendo, permitiendo al usuario aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales ajustables. Sin embargo, su complejo funcionamiento y, sobre todo, los elevados intereses que generalmente conllevan, las han convertido en una fuente de problemas para muchos vecinos en Valdés y toda España.
Las tarjetas revolving son susceptibles de anulación o sus condiciones modificadas por los tribunales españoles principalmente por dos razones principales:
Te puede interesar:- Usura (Cobro de Intereses Usurarios):
- Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (también llamada Ley Azcárate), pese a su antigüedad, continúa en vigor. Esta ley considera inválido todo contrato de préstamo (y una tarjeta revolving lo es) en el que se pacte un interés “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
- Cómo se determina si es “notablemente superior”? El Tribunal Supremo ha ido perfilando este concepto. En una decisión trascendental del 15 de febrero de 2023, estableció un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se presume que el interés es usurario y, por tanto, el acuerdo es nulo. Por ejemplo, si el tipo medio era del 20%, una TAE por encima del 26% sería usuraria.
- Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el contrato se declara nulo por usurario, el cliente solo está obligado a devolver el capital principal que efectivamente ha dispuesto (el dinero prestado). La entidad bancaria debe reembolsar al cliente todo lo que haya pagado que exceda ese capital principal, incluyendo intereses, comisiones y otros gastos asociados al contrato. Frecuentemente, esto significa que es la entidad quien termina debiendo dinero al cliente.
- Falta de Transparencia:
- Base Legal: La legislación de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) exige que las cláusulas de los contratos, especialmente las que definen el objeto principal como los intereses, sean claras, concretas y comprensibles para un consumidor medio.
- En qué casos falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no explicó correctamente al cliente de Valdés antes de suscribir el contrato sobre:
- La verdadera carga financiera del producto (la TAE y su método de cálculo).
- El mecanismo del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (anatocismo).
- El riesgo de que una cuota mensual reducida pueda perpetuar la deuda, convirtiéndola en inacabable.
- La información contractual debe ser fácil de leer (tipografía adecuado) y inteligible.
- Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “control de transparencia”, es susceptible de nulidad. Aunque las consecuencias exactas pueden variar, frecuentemente el resultado práctico es similar al de la usura: la supresión de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y obteniendo la devolución de los intereses ya pagados.
Pasos a seguir si tienes una tarjeta revolving de Valdés?
Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, particularmente si vives en Valdés o si sientes que la deuda nunca disminuye a pesar de pagar las cuotas, es aconsejable:
- Revisar el contrato: Busca la TAE aplicada.
- Consultar los tipos medios: Comprueba los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
- Reunir documentación: Guarda el contrato y los liquidaciones.
- Buscar ayuda jurídica experta: Un abogado experto en derecho bancario en Valdés podrá analizar tu caso concreto, determinar si existen motivos para la reclamación (usura o falta de transparencia) y orientarte en el proceso para recuperar tu dinero.
¿Vives en Valdés?
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaLas reclamaciones por tarjetas revolving son muy habituales en los juzgados de Valdés y el resto de España, y las sentencias favorables a los consumidores son numerosas cuando se presentan las circunstancias de usura o falta de transparencia.
Te puede interesar:La Asociación Afeban acompañamos a los consumidores a defender sus derechos.
Regístrate en la asociación y estudiaremos tu caso gratis y con asesoramiento profesional.
¿Firmaste una hipoteca referenciada al IRPH? Podrías reclamar lo que has pagado de más.
El IRPH fue un índice usado por los bancos aplicado por algunos bancos como sustitutivo del Euríbor, y que en muchos casos ha encarecido las hipotecas.
Numerosas sentencias están cuestionando su transparencia, y hay posibilidad de modificar o anular parte del contrato, al no explicarse correctamente sus consecuencias.
Te puede interesar:Tu solución legal en Valdés
Llámanos al 982986053 y estudiaremos tu caso sin compromiso.
Solicitar revisión gratuitaEl IRPH en las Hipotecas de Valdés: La Lucha por la Transparencia y la Devolución de Intereses
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se empleó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable en Valdés y toda España. Existieron distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras dejaron de existir, quedando vigente solo el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. A pesar de ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de bastantes litigios para afectados de Valdés.
La principal base de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su contratación.
Te puede interesar:- Falta de Transparencia (El Núcleo de la Reclamación):
- Base Legal: La reclamación se apoya en la normativa de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se alega que las entidades financieras no dieron información adecuada y comprensible al cliente de Valdés antes de la firma de la hipoteca para que pudiese comprender la verdadera carga económica y jurídica de aplicar este índice.
- ¿Qué explicaciones faltaron? Las reclamaciones habitualmente apuntan a que el banco omitió explicar adecuadamente:
- El método de cálculo del IRPH: Cómo se configuraba este índice, que incluía una media de tipos de interés, incluyendo comisiones y gastos, a diferencia del Euribor.
- Su comparación con el Euribor: No se informó de forma explícita de que el IRPH había sido históricamente más elevado que el Euribor y presentaba menor volatilidad a la baja.
- La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se ocultó circulares del propio Banco de España que recomendaban aplicar un diferencial negativo al IRPH para equiparlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
- Las consecuencias económicas: No se presentaron simulaciones o comparativas que permitieran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
- El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia crucial del 3 de marzo de 2020 y posteriores pronunciamientos (por ejemplo las de julio de 2023), dejó claro que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue contratada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (en Valdés o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
- Situación Actual en Tribunales Españoles y de Valdés: No obstante las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es homogénea. El Tribunal Supremo español, aunque admite la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que a veces complica la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (incluyendo potencialmente la relevante para Valdés) dictan sentencias en sentidos distintos. En consecuencia, el éxito de una reclamación en Valdés depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del tribunal.
- Posible Abusividad (Consecuencia de la Falta de Transparencia):
- Si se prueba la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor de Valdés. Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si crea dicho desequilibrio.
Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula para un vecino de Valdés:
- Si un tribunal determina que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (quizás también abusiva):
- La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
- ¿Qué la sustituye? Lo más habitual, y lo que persiguen la mayoría de los afectados en Valdés, es que se reemplace por el Euribor (normalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Otras opciones menos frecuentes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
- La consecuencia económica más importante es que la banco debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y reembolsar al consumidor en Valdés todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.
¿A Quién Afecta de Valdés y Qué Hacer?
- Afecta a cualquier persona en Valdés que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
- Recomendaciones:
- Revisar la escritura de la hipoteca: Confirmar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma en la notaría de Valdés o donde correspondiese.
- Recopilar documentación: Conservar la escritura y cualquier otro documento informativo entregado por el banco.
- Buscar ayuda jurídica experta cerca de Valdés: Es esencial consultar con un letrado especialista en derecho bancario. Puede valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (que afecta a estos casos), que cambia constantemente (fecha actual [current_date]).
El IRPH continúa siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados en Valdés siguen persiguiendo en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses abonados de más.
Puede llamar al 982986053
Desde Afeban ayudamos a los afectados por hipotecas con IRPH.
Déjanos tus datos, y analizaremos tu situación sin compromiso.
Te puede interesar: