Asociación Afectados en Valencia, Valencia/València
Existen contratos financieros que podrían declararse nulos. A menudo, algunas entidades bancarias han vendido productos complejos o abusivos sin informar debidamente al cliente.
Como consecuencia, ciertos acuerdos con bancos sean susceptibles de reclamación, dando derecho a los clientes a reclamar lo abonado. Si crees que no te informaron correctamente al firmar, puede que puedas anularlo.
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Te puede interesar:Afectados Por La Multipropiedad en Valencia Es posible dejar sin efecto el préstamo en la compra de una semana vacacional
Para anular el crédito, debes anular el acuerdo principal antes. La financiación no puede separarse del contrato principal, por lo que no puede anularse por separado.
Cuando se declara nulo el contrato de multipropiedad, es posible reclamar contra el préstamo, ya que ambos están legalmente vinculados. Esto da derecho a recuperar el dinero abonado, tanto por la multipropiedad como por el préstamo.
Muchos contratos de multipropiedad pueden ser anulados por ley.
La normativa actual no reconoce los acuerdos firmados con empresas de multipropiedad suscritos después de dicha fecha y que establecen una duración a perpetuidad, lo cual es contrario a derecho.
Te puede interesar:A esto se suma que, en muchos casos, estos contratos estaban ligados a créditos preaprobados, emitidos por financieras que colaboraban con las empresas que vendían la multipropiedad. No se informaba correctamente al firmar el crédito, haciendo posible anular también el préstamo vinculado.
En territorio español, un número significativo de acuerdos de multipropiedad firmados tras la entrada en vigor de la legislación 42/1998, de 15 de diciembre, (que entró en vigor el 5 de enero de 1999), pueden invalidarse por los tribunales.
Dos de las razones de invalidación más importantes, que se alinean con tu descripción, son:
Te puede interesar:- Contratos a perpetuidad: La mencionada ley prohibió expresamente la estipulación de estos derechos con carácter perpetuo. Determinó que la duración del régimen de aprovechamiento por turno debe ser definida, con un periodo mínimo de 3 años y un tope de 50 años. Así pues, cualquier acuerdo firmado desde el 5 de enero de 1999 que fije una duración superior a 50 años es anulable radicalmente.
- Indefinición del Objeto: Además de la duración, la ley requiere que el contrato especifique de forma concreta y exacta el objeto: el edificio, el alojamiento específico y el la semana o tiempo que se compra. Muchos contratos, sobre todo los que utilizan sistemas de puntos o semanas flotantes sin una definición clara y fija desde el inicio, también pueden ser declarados nulos por indeterminación del objeto.
La Participación de las Entidades Financieras y los Créditos Vinculados:
Un elemento fundamental, como bien indicas, es la financiación relacionada a la compra de estas multipropiedades. Era una estrategia frecuente que las empresas comercializadoras tuvieran acuerdos con entidades financieras. Estas entidades proporcionaban créditos “preaprobados” o facilitaban enormemente la financiación a los compradores, muchas veces en el mismo momento de la firma del acuerdo de tiempo compartido.
Aquí entra en juego el concepto de “acuerdos vinculados”. De acuerdo con la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, si un acuerdo de compra de un bien o servicio (en este caso, la unidad de aprovechamiento por turno) y un contrato de financiación (el crédito) se hallan conectados (o sea, el crédito sirve exclusivamente para financiar esa compra y media un pacto anterior entre el comercializador y el financiador), la ineficacia del acuerdo de adquisición puede conllevar la nulidad del acuerdo de financiación.
Efectos de la Declaración de Nulidad:
Si un tribunal invalida el contrato de tiempo compartido suscrito a partir del 05/01/1999 por ser a perpetuidad (o por otras causas como la indeterminación del objeto):
Te puede interesar:- El titular se libera de sus obligaciones futuras (abono de gastos de mantenimiento, etc.).
- Le corresponde la reembolso de las cantidades entregadas por la compra de la multipropiedad, frecuentemente con intereses legales desde la fecha de los pagos.
- Si el financiamiento relacionado se considera vinculado y también se declara nulo o ineficaz, el comprador podría tener derecho a obtener la devolución de las cantidades pagadas al banco por ese préstamo (si bien pueden existir correcciones dependiendo de las circunstancias específicas y si se considera que hubo algún “disfrute”). El banco, a su vez, tendría que reclamar al comercializador de la multipropiedad.
En conclusión: Los acuerdos de multipropiedad suscritos desde el 5 de enero de 1999 que fijen una duración indefinida son radicalmente nulos según la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo español. Si adicionalmente la compra se costeó mediante un crédito ofrecido por un acuerdo entre la comercializadora y una entidad financiera, la anulación del contrato principal puede extenderse al crédito asociado, posibilitando al comprador obtener la devolución de una parte sustancial o todo del dinero invertido.
Es fundamental que las personas perjudicadas por este tipo de contratos busquen asesoramiento legal especializado para examinar su caso particular y explorar las posibilidades de demanda.
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Te puede interesar:¿Contrataste una tarjeta de pago aplazado? Puedes recuperar los intereses abusivos.
Este tipo de tarjetas imponen tipos de interés excesivos y provocan que la deuda se alargue durante años. Miles de personas contrataron sin saber las condiciones reales, lo que ha llevado a numerosos juicios ganados por los afectados. Si reconoces este problema en tu caso, es hora de tomar medidas y recuperar tu dinero.
Además de ciertos contratos de multipropiedad, otro producto financiero que ha generado mucha litigiosidad judiciales en España es la tarjeta de crédito revolving. Estas tarjetas se distinguen por ofrecer una línea de crédito que se renueva automáticamente a medida que se va devolviendo, permitiendo al titular aplazar los pagos de sus compras mediante cuotas mensuales flexibles. Sin embargo, su mecanismo intrincado y, sobre todo, los elevados intereses que generalmente conllevan, las han convertido en una fuente de problemas para muchas personas en Valencia y el resto del país.
Las tarjetas revolving pueden ser anuladas o sus condiciones alteradas por los tribunales españoles principalmente por dos motivos:
Te puede interesar:- Usura (Aplicación de Intereses Usurarios):
- Base Legal: La Ley de Represión de la Usura de 1908 (también llamada Ley Azcárate), aunque antigua, sigue plenamente vigente. Esta ley declara nulo todo contrato de préstamo (y una tarjeta revolving lo es) en el que se fije un interés “sensiblemente más alto al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
- ¿Qué se considera “sensiblemente más alto”? El Tribunal Supremo ha ido perfilando este concepto. En un fallo fundamental del 15 de febrero de 2023, estableció un criterio más concreto: para determinar si el interés es usurario, la Tasa Anual Equivalente (TAE) del contrato debe compararse con el tipo de interés medio específico para las operaciones de tarjeta de crédito revolving publicado por el Banco de España en la fecha de contratación. Si la TAE del contrato supera en 6 puntos porcentuales a ese tipo medio oficial, se considera que el interés es usurario y, por tanto, el acuerdo es nulo. A modo de ejemplo, si el tipo medio era del 20%, una TAE superior al 26% sería usuraria.
- Consecuencia de la Nulidad por Usura: Si el contrato se declara nulo por usurario, el cliente solo está obligado a devolver el capital principal que efectivamente ha dispuesto (el dinero prestado). La entidad financiera debe retornar al cliente todo lo que haya pagado por encima de ese capital principal, incluyendo intereses, comisiones y costes relacionados. En muchos casos, esto significa que es la entidad quien termina debiendo dinero al cliente.
- Falta de Transparencia:
- Base Legal: La legislación de protección de consumidores y usuarios (principalmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU) requiere que las cláusulas de los contratos, en particular las que establecen el objeto principal como los intereses, sean claras, concretas y comprensibles para un consumidor medio.
- En qué casos falta transparencia? Se considera que hay falta de transparencia si la entidad no explicó correctamente al cliente de Valencia antes de firmar el contrato sobre:
- La verdadera carga financiera del producto (la TAE y cómo se calcula).
- El funcionamiento del sistema de amortización revolving y cómo los intereses se capitalizan (intereses sobre intereses).
- El riesgo de que una cuota mensual reducida pueda alargar indefinidamente la deuda, convirtiéndola en perpetua.
- La información contractual debe ser fácil de leer (tamaño de letra adecuado) y inteligible.
- Consecuencia de la Falta de Transparencia: Si se determina que la cláusula de intereses no supera este “control de transparencia”, puede ser declarada nula. Aunque las consecuencias exactas pueden variar, a menudo el resultado práctico es parecido al de la usura: la supresión de la obligación de pagar intereses remuneratorios, debiendo el cliente devolver solo el capital prestado y obteniendo la devolución de los intereses ya pagados.
¿Qué hacer si tienes una tarjeta revolving de Valencia?
Si tienes o has tenido una tarjeta revolving, especialmente si eres de Valencia o si sientes que la deuda nunca disminuye a pesar de pagar las cuotas, es aconsejable:
- Revisar el contrato: Localiza la TAE aplicada.
- Consultar los tipos medios: Comprueba los tipos de interés medios publicados por el Banco de España para la fecha en que contrataste.
- Reunir documentación: Guarda el contrato y los extractos mensuales.
- Buscar ayuda jurídica experta: Un letrado especialista en derecho bancario cerca de Valencia podrá analizar tu caso concreto, determinar si existen motivos para la reclamación (usura o falta de transparencia) y guiarte en el proceso para reclamar lo pagado de más.
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Solicitar revisión gratuitaLas reclamaciones por tarjetas revolving son frecuentes en los juzgados en Valencia y el resto de España, y las sentencias favorables a los consumidores son numerosas cuando se presentan las circunstancias de usura o falta de transparencia.
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¿Sabías que tu hipoteca con IRPH puede ser reclamada? Tienes derecho a reclamar lo que te cobraron de más.
El IRPH fue un índice usado por los bancos que ha sido utilizado en lugar del Euríbor, y que ha generado pagos más altos a lo largo del tiempo.
Numerosas sentencias están cuestionando su transparencia, y muchas hipotecas podrían anularse total o parcialmente, al no explicarse correctamente sus consecuencias.
Te puede interesar:Ayudamos a personas como tú en Valencia
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Solicitar revisión gratuitaEl IRPH en las Hipotecas de Valencia: La Lucha por la Transparencia y la Devolución de Intereses
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un tipo de interés oficial que se empleó durante años como alternativa al Euribor en muchas hipotecas a tipo variable en Valencia y toda España. Existieron distintas modalidades (IRPH Cajas, IRPH Bancos, IRPH Entidades), aunque las dos primeras dejaron de existir, quedando vigente únicamente el IRPH Entidades hasta su última publicación oficial. Pese a ser un índice oficial, su aplicación en los préstamos hipotecarios ha sido fuente de mucha controversia judicial para vecinos de Valencia.
La principal vía de reclamación contra la aplicación del IRPH en una hipoteca se basa en la falta de transparencia en su comercialización.
Te puede interesar:- Falta de Transparencia (El Núcleo de la Reclamación):
- Base Legal: La reclamación se basa en la legislación de protección de los consumidores (Directivas Europeas y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TRLGDCU). Se sostiene que las bancos no proporcionaron información suficiente y clara al cliente en Valencia antes de la firma de la hipoteca para que pudiera comprender la real dimensión económica y jurídica de incluir este índice.
- ¿Qué información se echa en falta? Las reclamaciones habitualmente apuntan a que el banco omitió explicar adecuadamente:
- El método de cálculo del IRPH: Cómo se obtenía este índice, que incluía una media de tipos de interés, más comisiones y gastos, en contraste con el Euribor.
- Su comparación con el Euribor: No se informó de forma explícita de que el IRPH era por lo general más elevado que el Euribor y presentaba menor volatilidad a la baja.
- La recomendación de aplicar un diferencial negativo: Se ocultó circulares del propio Banco de España que recomendaban aplicar un diferencial negativo al IRPH para compararlo a otros tipos de interés del mercado, algo que las entidades casi nunca aplicaban.
- Las consecuencias económicas: No se ofrecieron simulaciones o comparativas que ayudaran al consumidor entender el impacto económico a largo plazo de elegir una hipoteca referenciada al IRPH frente a una referenciada al Euribor.
- El Papel del TJUE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un fallo determinante del 3 de marzo de 2020 y posteriores pronunciamientos (como las de julio de 2023), estableció que los jueces españoles deben analizar caso por caso si la cláusula IRPH fue comercializada de forma transparente. Deben verificar si el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento (en Valencia o cualquier otro lugar), recibió toda esta información esencial antes de contratar.
- Situación Actual en Tribunales Españoles en Valencia: A pesar de las directrices del TJUE, la respuesta de los tribunales españoles no es homogénea. El Tribunal Supremo español, aunque admite la necesidad del control de transparencia, ha mantenido una postura que a veces complica la anulación, mientras que diversas Audiencias Provinciales (incluyendo potencialmente la relevante para Valencia) dictan sentencias en sentidos contradictorios. Por tanto, el éxito de una reclamación ante los juzgados de Valencia depende del análisis concreto de cada caso, la documentación aportada y la interpretación del tribunal.
- Posible Abusividad (Derivación de la Falta de Transparencia):
- Si se acredita la falta de transparencia de la cláusula IRPH, el juez puede pasar a analizar si esta es abusiva. Una cláusula es abusiva si, no habiendo sido negociada individualmente, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en detrimento del consumidor en Valencia. Una cláusula IRPH no transparente podría ser considerada abusiva si genera dicho desequilibrio.
Consecuencias si la Cláusula IRPH es Declarada Nula para un vecino de Valencia:
- Si un tribunal determina que la cláusula IRPH es nula por falta de transparencia (quizás también abusiva):
- La cláusula se elimina del contrato de préstamo hipotecario.
- ¿Qué la sustituye? Lo más habitual, y lo que persiguen la mayoría de los afectados en Valencia, es que se reemplace por el Euribor (generalmente sin añadir ningún diferencial, o aplicando el diferencial que ya estuviera pactado en la escritura junto al IRPH). Alternativas menos frecuentes podrían ser dejar la hipoteca sin interés remuneratorio o aplicar otro índice legal sustitutivo si existiera.
- La consecuencia económica más importante es que la entidad bancaria debe recalcular todas las cuotas de la hipoteca desde su inicio como si siempre hubiera estado referenciada al índice sustituto (ej. Euribor) y reembolsar al consumidor de Valencia todas las cantidades cobradas de más debido a la aplicación del IRPH nulo, más los intereses legales correspondientes sobre esas cantidades.
Quiénes son los afectados en Valencia y Qué Hacer?
- Afecta a cualquier persona en Valencia que tenga o haya tenido una hipoteca referenciada a cualquiera de las modalidades de IRPH (Cajas, Bancos o Entidades).
- Recomendaciones:
- Revisar la escritura de la hipoteca: Confirmar qué índice de referencia se aplica y qué información se dio sobre él en el momento de la firma en la notaría de Valencia o donde correspondiese.
- Recopilar documentación: Guardar la escritura y cualquier otro documento informativo proporcionado por el banco.
- Buscar ayuda jurídica experta en Valencia: Es fundamental consultar con un letrado especialista en derecho bancario. Puede valorar la viabilidad de una reclamación basándose en la documentación específica, las circunstancias de la contratación y la jurisprudencia más reciente (tanto del TJUE como de los tribunales españoles), que sigue evolucionando (estamos a [current_date]).
El IRPH continúa siendo un frente abierto en la litigación bancaria en España, y miles de afectados de Valencia y de todo el país siguen persiguiendo en los tribunales la anulación de esta cláusula y la recuperación de los intereses abonados de más.
Puede llamar al 963145160
En Afeban trabajamos para quienes firmaron hipotecas referenciadas al IRPH.
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